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Guía · Legalización de autoconsumo

Cómo legalizar tu autoconsumo solar en Andalucía, paso a paso

Normativa y tramitación · 7 min de lectura · Actualizado el 21 de junio de 2026
Respuesta rápida

Legalizar una instalación de autoconsumo en Andalucía consiste en obtener el CAU (Código de Autoconsumo), tramitar el CIE (Certificado de Instalación Eléctrica) y registrar la instalación en la plataforma PUES de la Junta de Andalucía. Para potencias inferiores a 10 kW basta una memoria técnica de diseño; por encima se exige proyecto suscrito por técnico competente. El proceso lo realiza tu instalador y, bien gestionado, se resuelve en unas semanas, más el plazo de la distribuidora para activar la compensación de excedentes.

Instalar los paneles es la parte fácil. Lo que separa una instalación "puesta" de una instalación legal y cobrando excedentes es la tramitación administrativa: ahí es donde la mayoría de propietarios de Málaga y la Costa del Sol se pierden, y donde un error retrasa meses la puesta en marcha. Esta guía explica el procedimiento real en Andalucía, sin tecnicismos vacíos.

En enex (ingeniería alternativa · Ingesener S.L.) los proyectos los firma un ingeniero técnico industrial colegiado, y la tramitación con e-distribución/Endesa y con la Junta forma parte del servicio. Esa es la diferencia frente a quien solo vende paneles.

¿Qué significa "legalizar" el autoconsumo y por qué importa?

Legalizar es dar de alta oficialmente tu instalación ante tres actores:

  • La Administración autonómica (Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía), que registra la instalación.
  • La empresa distribuidora (en gran parte de Málaga, e-distribución, del grupo Endesa), que asigna el código de la instalación y gestiona la conexión a red.
  • Tu comercializadora, con la que firmarás el contrato para la compensación de excedentes.

Sin legalizar, no puedes acogerte a la compensación de excedentes (pierdes dinero por la energía que viertes), te expones a sanciones y no podrás justificar la instalación para las deducciones fiscales ni las bonificaciones municipales. Es decir: la legalización es la llave que abre el ahorro.

Memoria técnica o proyecto: el umbral de los 10 kW

El primer dato que determina todo el papeleo es la potencia de la instalación:

Potencia de la instalaciónDocumento técnico exigidoQuién lo firma
Menos de 10 kWMemoria técnica de diseño (MTD)Instalador habilitado / técnico competente
10 kW o másProyecto técnicoTécnico competente (ingeniero técnico industrial)
Más de 100 kWProyecto + trámites adicionales de la distribuidoraTécnico competente
Ojo, Costa del Sol. Un chalet con piscina climatizada, aerotermia y aire acondicionado supera con facilidad los 10 kW, lo que obliga a proyecto visado. Conviene dimensionar bien desde el principio para no quedarte corto ni disparar el papeleo.

Los pasos de la tramitación en Andalucía

A continuación, el recorrido completo para una instalación de baja tensión conectada a red (el caso más habitual en vivienda y pequeño negocio).

  1. Documento técnico. El técnico redacta la memoria técnica de diseño (<10 kW) o el proyecto visado (≥10 kW), con esquemas, cálculos y ficha técnica descriptiva de baja tensión.
  2. Solicitud del CAU. Se pide a la distribuidora el Código de Autoconsumo (CAU), un identificador basado en tu CUPS que individualiza tu instalación. Lo genera la distribuidora, y puede solicitarlo el instalador, el cliente o su representante.
  3. Ejecución y CIE. Tras montar la instalación, el instalador habilitado emite el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) de baja tensión (el "boletín").
  4. Legalización en la plataforma PUES. Se registra la instalación en la plataforma digital PUES de la Junta de Andalucía. Para instalaciones de hasta 500 kW se presenta la ficha técnica descriptiva de baja tensión.
  5. Comunicación a la comercializadora. Puedes comunicar directamente la legalización a tu comercializadora aportando el certificado diligenciado en PUES; ella lo traslada a la distribuidora.
  6. Inscripción en el registro de autoconsumo. Para generación en baja tensión inferior a 100 kW, la inscripción en el Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica (RADNE, de ámbito estatal) se realiza de oficio: en Andalucía se tramita automáticamente desde PUES, sin trámite adicional por tu parte.
  7. Contrato de compensación de excedentes. Se firma el contrato y la comercializadora activa la tarifa de autoconsumo, momento a partir del cual empiezas a ver el descuento por excedentes en tu factura.
Contacto útil. e-distribución dispone de una línea de consultas de autoconsumo: 900 920 974. Para instalaciones de menos de 100 kW, PUES traslada de oficio la comunicación a la distribuidora. Aun así, el trato con la distribuidora es la parte que más se atasca; tenerlo gestionado por un técnico evita idas y venidas.

¿Cuánto se tarda? Plazos realistas

La legalización en sí (PUES + CIE) es relativamente ágil cuando la documentación va correcta. Lo que introduce incertidumbre es la activación por parte de la distribuidora y la comercializadora de la compensación de excedentes, que puede alargarse varias semanas o meses según la carga de trabajo y posibles incidencias.

Mensaje honesto: planifica desde la firma hasta cobrar excedentes con margen, no des por hecho que será inmediato.

Compensación de excedentes: cómo se activa

Una vez registrada la instalación, tu comercializadora contacta para verificar los datos —tipo de autoconsumo, CAU y potencia instalada— y, tras tu validación, activa el contrato de autoconsumo con tarifa solar. En instalaciones individuales es imprescindible firmar el contrato de compensación entre el titular de la instalación y el titular del suministro.

Conviene distinguir autoconsumo con excedentes acogido a compensación frente a sin excedentes o con venta. Cada modalidad cambia tu factura y tus obligaciones.

¿Y el permiso del Ayuntamiento?

Además del trámite eléctrico, la obra necesita su trámite urbanístico municipal: en la mayoría de municipios de Málaga basta una declaración responsable, no una licencia de obra mayor, pero conviene confirmarlo en cada ayuntamiento. Hacer bien este paso es, además, lo que te permitirá solicitar después la bonificación del ICIO y del IBI.

Particularidades según tu caso

  • Vivienda en la Costa del Sol. El objetivo es la independencia energética y el respaldo ante cortes; la legalización es el paso previo para activar la compensación. Si tu instalación supera 10 kW (habitual en villas), necesitarás proyecto visado.
  • Empresa o nave industrial. Aquí entran trámites adicionales por potencia y, sobre todo, el encaje con las subvenciones abiertas para empresa (INEA, INCEA).
  • Comunidad de vecinos. El autoconsumo colectivo añade los coeficientes de reparto y, desde el RDL 7/2026, el radio de 5 km.
¿Cambia algo con el RDL 7/2026? El procedimiento de legalización (CAU → PUES → RADNE → comercializadora) sigue igual: el RDL 7/2026 no deroga el RD 244/2019. Lo que añade son incentivos —deducción del IRPF del 10–20 % para instalaciones ejecutadas en 2026 y la ampliación del autoconsumo colectivo hasta 5 km— que se solicitan una vez la instalación está legalizada.

El papel del ingeniero colegiado (y por qué te ahorra disgustos)

La normativa permite que las instalaciones pequeñas se resuelvan con memoria técnica, pero la firma de un ingeniero técnico industrial colegiado aporta dos cosas que no se ven hasta que hay un problema: un diseño correcto (protecciones, secciones, vertido cero o con excedentes bien configurado) y una tramitación sin rebotes ante la Junta y la distribuidora. En instalaciones de 10 kW o más, además, se exige proyecto suscrito por técnico competente. enex integra proyecto, legalización y puesta en marcha en un único servicio, de modo que el cliente recibe la instalación lista y legal, no a medias.

Dudas frecuentes

Lo que sueles preguntar.

¿Puedo legalizar yo mismo mi instalación de autoconsumo en Andalucía?

La documentación técnica debe emitirla un instalador habilitado (memoria) o un ingeniero colegiado (proyecto, a partir de 10 kW). El registro en PUES y la solicitud del CAU pueden hacerlos un representante. En la práctica, casi todos los propietarios delegan la tramitación en su instalador para evitar errores que retrasan la compensación.

¿Qué es el CAU y quién lo solicita?

El CAU (Código de Autoconsumo) es un identificador basado en tu CUPS que genera la empresa distribuidora para registrar tu instalación. Lo puede solicitar el instalador, el cliente final o un representante. Es imprescindible para acogerte a la compensación de excedentes.

¿Necesito proyecto o me vale una memoria técnica?

Por debajo de 10 kW basta una memoria técnica de diseño; a partir de 10 kW se exige proyecto visado por ingeniero colegiado. Muchas viviendas grandes de la Costa del Sol superan ese umbral.

¿Qué es la plataforma PUES?

Es la plataforma digital de la Junta de Andalucía donde se legalizan las instalaciones eléctricas de baja tensión, incluidas las de autoconsumo.

¿Cuándo empiezo a cobrar los excedentes?

Cuando la instalación está legalizada y has firmado el contrato de compensación con tu comercializadora, que activa la tarifa de autoconsumo. El plazo de activación depende de la distribuidora y la comercializadora; conviene contar con varias semanas.

¿La legalización es necesaria para las ayudas fiscales?

Sí. Sin la instalación legalizada no podrás justificar la deducción del IRPF ni solicitar las bonificaciones municipales de IBI e ICIO.

¿Puede enex gestionar la compensación por mí?

Sí. Tramitamos el alta de la instalación y el contrato de compensación con tu comercializadora como parte del servicio: tú no llamas a nadie ni presentas ningún papel.

¿La compensación tiene límite?

Sí. Puede dejar el término de energía de tu factura a 0 €, pero no genera saldo a tu favor ni descuenta peajes e impuestos. Si viertes mucho, conviene valorar batería o una modalidad con venta de excedentes.

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